LA FALSEDAD DEL PROEMIO: LA PERVERSA INJUSTICIA DE LAS BECAS QUE VIENEN




Dice AMELIA VALCÁRCEL que los proemios son declaraciones de intenciones y tenemos por cierto que siempre son buenas. “El de la ley de Educación también. Cuenta que el aprendizaje `va dirigido a formar personas autónomas, críticas con pensamiento propio´. No añade `que no sepan quién es Platón, Descartes ni Kan´, pongamos por caso. Eso que no dice, sin embargo es lo que sucedería si el asunto no se arregla. Y bien, pudiera bien ocurrir que alguien se preguntara por qué hay que saberse esos nombres. La razón es elemental: sucede que son nuestros primeros maestros en eso de ser personas autónomas, etc, etc. Escribimos con sus palabras y pensamos con los esquemas de que nos proveyeron”.

Nos sirven las palabras de esta imprescindible filósofa para acercarnos a la próxima reforma del sistema de becas universitarias que pende sobre la cabeza de una ciudadanía perpleja y que está levantando un cívico ruido y una legítima furia.

Según la vigente Ley Orgánica de Educación (L.O.E.) y de acuerdo con su proemio, se pretende, entre otros loables fines, alcanzar la compensación de las desigualdades a través de programas específicos, así como a través de las becas y ayudas al estudio, que tienen como objetivo garantizar el derecho a la educación a los estudiantes con condiciones socioeconómicas desfavorables.

Así, en el artículo 83 de la L.O.E. se concreta que “para garantizar la igualdad de todas las personas en el ejercicio del derecho a la educación, los estudiantes con condiciones socioeconómicas desfavorables tendrán derecho a obtener becas y ayudas al estudio”.

Esto es, las becas al estudio tienen como fin dar cumplimiento al Derecho Fundamental a la educación reconocido en el artículo 27 de la Constitución Española –“todos tienen derecho a la educación”. “Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación”-, razón por la cual, y teniendo como base el principio universal de igualdad ante la ley –artículo 14 de la Carta Magna- articula principios que responden a criterios de justicia, equidad en las oportunidades e igualdad material. Es decir, se trataría de una concreción del mandato contenido en el innegociable artículo 9.2 de la Constitución Española que exige a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, removiendo los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitando la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

No obstante lo anterior, nos dice la L.O.E. que en la enseñanza postobligatoria (la universitaria, por ejemplo) las becas y ayudas al estudio tendrán en cuenta además de la búsqueda de la igualdad de oportunidades, el rendimiento escolar, o lo que es lo mismo, a la base netamente igualitaria se le añade un requisito de aprovechamiento de los recursos ofrecidos por los poderes públicos. 

Lo expuesto hasta ahora –el proemio del que hablaba Valcárcel- se concreta en un reglamento (el actualmente vigente Real Decreto 1.721/2007) que si bien inicialmente contemplaba en su artículo 23 (intitulado “carga lectiva superada”) que los solicitantes de becas deberían superar el 60 por ciento de los créditos en los que se hubiesen matriculado si cursaran estudios de enseñanzas técnicas o el 80 por ciento si se tratara de las demás enseñanzas universitarias –suponemos que este distingo obedecería a razones estadísticas en cuanto al número de aprobados según la carrera elegida y no a una postergación de las humanidades, como vaticina MARTHA C. NUSSBAUM-, por virtud de la modificación operada por el Real Decreto 1.000/2012, el mismo precepto mentado –ahora vigente- quedó redactado de tal forma que quienes se matriculen “por vez primera de primer curso” –sic- de estudios universitarios deberán tener una nota de acceso de 5,50 puntos y los becarios de segundos y posteriores cursos deberán superar un porcentaje de créditos que oscila entre el 90 por ciento en Artes y Humanidades o en Ciencias Sociales y Jurídicas –quizás la NUSSBAUM sí que tenía razón…- o el 65 por ciento cuando de Enseñanzas Técnicas se trata.

Si lo anterior no fuera suficiente para pervertir la razón de ser de la beca –garantizar la igualdad material de acceso o prosecución de estudios- ahora se plantea una nueva modificación de tal instrumento de justicia que, desdeñando tales consideraciones, se centra casi en exclusiva en el requisito del “aprovechamiento académico”, exigiendo “aprobar” cada asignatura con un 6,5 de nota.

De nuevo los proemios nada tienen que ver con la realidad: la naturaleza de la beca es la búsqueda y consecución de la igualdad material, no premiar el mérito o la excelencia –para eso, bien se pueden articular otros incentivos, aunque, en todo caso, una mayor capacidad intelectual o de trabajo, nos diría RAWLS, no es sino fruto de la “lotería genética” y por tanto no es justo premiarla o castigarla, pues es moralmente irrelevante-, de tal forma que si la ayuda al estudio se basa en equiparar a aquellos que no tienen recursos económicos –y que no necesariamente han de ser los más brillantes, ni se les puede exigir tal condición-, con los que sí que los tienen y pueden acceder y mantenerse en una universidad –y que no tienen que ser los más brillantes, ni se les exige, de hecho, tal condición, tan sólo un 5,00 en cada asignatura, como norma- estas últimas reformas realizadas y las que se anuncian son un claro ataque a elementales principios de Justicia, de Equidad o de Igualdad (material), amén de una flagrante vulneración de los Derechos Fundamentales protegidos por la Constitución Española. 

La labor de los poderes públicos mediante las políticas de becas o similares acciones positivas no es sino la de garantizar la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes o el libre desarrollo de la personalidad -lo que, de acuerdo con el artículo 10 de la Constitución Española, es el fundamento de la paz social y del orden político-, para ello, como decíamos, se deben remover los obstáculos que impidan que cada miembro de la ciudadanía acceda a la misma “casilla de salida” y tenga igual capacidad –entendida, según AMARTYA SEN, como la libertad sustancial para alcanzar el proyecto de vida elegido- que los demás. Si una vez alcanzada esa casilla –léase, entrar en la universidad- el beneficiario no la aprovechase, podría revocársele el beneficio, pero no se le debe exigir más que a su compañero de pupitre desde el punto de vista académico. Un becado no debe demostrar que merece su beca porque es capaz de un excelso rendimiento intelectual, sino que la ayuda lo es para que estudie –eso es ineludible- en las mismas condiciones y con las mismas exigencias que cualquier otro no becado, por lo que a ambos se les debe puntuar y evaluar en iguales condiciones. Otra cosa sería discriminar por razón de circunstancias personales o sociales, lo que expresamente prohíbe el artículo 14 de nuestra Carta Magna de 1978. Una vez más parafraseamos la catedrática Valcárcel, de tal modo que no se le puede exigir a quienes no tienen recursos económicos para estudiar que aporten algo más para “justificar el derecho a existir bajo los rayos del sol”, de tal suerte que un becado tiene el derecho al estándar que se le impone al otro, a los demás estudiantes que no disfrutan de beca, y si este es “de mediocridad” (un mero 5,00 para aprobar), el becado tiene derecho a ser mediocre. Debemos negarnos a entrar en el “estúpido juego de tener que demostrar el doble para obtener la mitad”.

¿Las razones de tal corrupción de la beca? Pues ojalá fueran, en verdad, sólo económicas. Ojalá que sólo respondieran a una austeridad desmedida y suicida. Sin embargo, más bien parece que hay una espuria intención de “liberalizar” la educación, de elevación de una mal entendida -amén de inicua- meritocracia, haciéndonos creer, cuando nos encontramos ante un becado, no que, en definitiva, estamos ante un sujeto, ni más ni menos, de un Derecho Fundamental, sino ante un paniaguado por la graciosa beneficencia del estado.


Decía la tristemente desaparecida IRIS MARION YOUNG que todos y todas compartimos una responsabilidad por las injusticias estructurales respecto de las que normalmente no nos culpamos. De la injusticia se sale practicando acciones, políticas o principios justos, no al contrario.


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